Titulo I:
Definición, Fines y Funciones
Articulo I.- El Centro de Alumnos de la Unidad Educativa Liceo A Nº 89 “Benjamín Vicuña Mackenna” es la organización formada por los alumnos de Educación Media pertenecientes a este liceo.
Su finalidad es constituirse en una organización responsable y solidaria, en virtud de los propósitos del liceo y dentro de la normativa de organización de la Unidad Educativa. Será un nexo de comunicación entre las distintas organizaciones estudiantiles y sociales, así como gubernamentales, que incentivara la voluntad de acción y el espíritu critico-reflexivo, para que sus integrantes se incorporen a la sociedad, como hombres de trabajo y ciudadanos responsables del siglo XXI.
Artículo II.- Las funciones del Centro de Alumnos son las siguientes:
a) Representar los problemas, necesidades y aspiraciones de sus integrantes, ante las autoridades u organismos que correspondan.
b) Designar sus representantes ante las organizaciones estudiantiles de la comuna.
c) Desarrollar y motivar el sentido de pertenencia de la Unidad Educativa, para trabajar mancomunión y lograr así las finalidades propuestas año a año.
d) Promover el Sentimiento de Solidaridad para los integrantes del liceo, en distintas jerarquías y, lograr así el bienestar de la comunidad escolar.
e) Promover el Ejercicio de los Derechos Humanos, para construir una sociedad más justa y armónica.
f) Promover en el estudiante una mayor dedicación a su trabajo escolar, demostrando ser modelos en el desarrollo intelectual, creativo-artístico y un elevado concepto de cultura.
g) Promover la creación de oportunidades para que el alumnado desarrolle sus habilidades y potencialidades.
Titulo II:
De la organización y funcionamiento del Centro de Alumnos.
Artículo III.- El centro de Alumnos está estructurado por los siguientes Organismos:
• Asamblea General
• Directiva
• Consejo de Delegados de Curso
• Consejo de Curso
• Junta Electoral
También forman parte Constitutiva del Centro de Alumnos, todos aquellos Organismos y Comisiones permanentes o Circunstanciales, que para el mejor cumplimiento de sus funciones, pueden crear el Asamblea General, la Directiva o el Consejo de Delegados.
Articulo IV.- De la Asamblea General:
La Asamblea General estará constituida por todos los miembros del centro de alumnos, le corresponde:
a) Elegir la Junta Electoral.
b) Aprobar la cuenta Anual de la Directiva del Centro de Alumnos.
c) Colaborar con la Directiva en la realización de sus tareas.
d) Pronunciarse en todas las materias específicas que le plantee la Directiva del Centro de Alumnos o de los Cursos.
La Asamblea General se reunirá al menos dos veces al año durante el mandato de la Directiva respectiva.
La Asamblea General podrá ser Convocada de modo ordinario o extraordinario por:
a) La directiva del Centro de Alumnos.
b) El 51% del Consejo de Delegados de Curso.
En todos los Casos la Convocatoria, debe ser solicitada por la Directiva del Centro de Alumnos, que informara del lugar y la hora señalada con a lo menos dos días de anticipación, pidiendo las autorizaciones correspondientes, mediante la información oral a cada delegado de curso y la firma de un acta de Confirmación de la entrega de la información, además de colocar un llamado escrito en al menos dos lugares visibles del Colegio.
Articulo V.- De la elección de la Directiva del Centro de Alumnos:
La Directiva del Centro de Alumnos, será elegida anualmente en votación universal, unipersonal, secreta e informada. La elección (Votación) se realizara en el mes de Abril, iniciándose las inscripciones la primera semana de dicho mes y las correspondientes campañas la segunda y tercera semana del mes señalado.
Para optar a los cargos de la directiva del Centro de Alumnos, el postulante debe cumplir con los siguientes requisitos:
a) No haber sido destituido de algún cargo del Centro de Alumnos por infracción a su reglamento, o en su defecto al reglamento interno del liceo.
b) La Lista al postular, debe tener siete integrantes de los cuales solo dos integrantes pueden tener una antigüedad en el liceo de menos de un año.
c) La lista al postular estará compuesta por 7 alumnos que ocuparan siete cargos, de los cuales cinco pueden ser ocupados por alumnos de 1º a 3º año medio y dos de 4to año medio.
d) Ningún postulante podrá estar en situación de condicionalidad por su mal comportamiento y/o rendimiento.
e) Los postulantes no podrán ser alumnos remitentes del año anterior.
f) Los cargos directivos como ser: presidente, Vicepresidente, secretarios y tesorero deberán ser ocupados solo por alumnos que esten cursando el 2º y/o 3º medio, y que tengan a lo menos un año de antigüedad en el liceo.
g) La lista al postular debe inscribirse con los Asesores del Centro de Alumnos, tendrán un número (acorde al orden de Inscripción), deben presentar un Slogan y un programa de trabajo anual.
h) Los Cargos de la Directiva son: presidente, Vicepresidente, secretario ejecutivo, secretario de actas, tesorero, delegado de eventos y delegado académico.
Articulo VI.- De los cargos y funciones de la Directiva del Centro de Alumnos.
Presidente: Representar a la directiva del Centro de Estudiante ante la Directiva y el Consejo de Profesores. Representar al Centro de Alumnos ante otros Centros de Alumnos y demás instituciones con que la Organización tome contacto.
Vice-Presidente: Subrogar al presidente en todas sus funciones en caso de Ausencia o enfermedad inhabilitante. Asumir las funciones correspondientes al presidente, éste se las delega con acuerdo de la directiva.
Secretario Ejecutivo: Firmar Junto al Presidente todos los documentos decisiones emanadas de la directiva.
Encargarse de la Difusión y convocatoria a las asambleas de delegados por la Directiva, así como de otros eventos a informar a las bases. Para esta tarea, puede asesorarse de un comité de apoyo de acuerdo a las necesidades, bajo su coordinación y responsabilidad.
Secretario de Actas: Subrogar en todas sus funciones al Secretario Ejecutivo en caso de ausencia. Llevar ordenadamente las actas de decisiones de las reuniones de la Directiva y Delegados de Curso.
Tesorero: Llevar las cuentas y conservar las finanzas del Centro de Alumnos. Preparar los informes pertinentes, cuando los necesite el centro de Alumnos y para la cuenta final de gestiones ante la Asamblea General. Autorizar por escrito cualquier gasto a realizarse.
Delegado de eventos: Es el Responsable de la organización de los eventos (fiestas, recitales) que lleve adelante el centro de Alumnos. Para su tarea puede apoyarse en una comisión bajo su responsabilidad.
Delegado Académico: Acompañar al presidente en la representación permanente del centro de alumnos ante el consejo de profesores. Llevar la relación del Centro de Alumno con Inspectoría y asumir los asuntos relacionados con la disciplina al respecto.
Los integrantes de la Directiva del centro de alumnos, no podrá presentar su renuncia al cargo durante su mandato, salvo por razones de enfermedad prolongada e inhabilitante o por traslado de establecimiento. Cualquier renuncia presentada por otra razón sólo podrá hacerse efectiva si es aceptada en forma unánime por la Directiva, por la mayoría del Consejo de delegados y por ambos asesores del Centro de Alumnos.
Articulo VII.- Del Consejo de Delegados:
El Consejo de delegados de curso estará formado por dos delegados de curso, quienes tendrán derecho a voz y voto.
El presidente de curso, será por derecho propio uno de los delegados (si así lo considera el grupo-curso). Los delegados de curso no podrán ser miembros de la directiva del Centro de Alumnos, ni de la junta electoral.
El Consejo de Delegados será presidido por el presidente del Centro de Alumnos.
El quórum para sesionar será del 50% mas unote sus integrantes y, los acuerdo deberán adoptarse por simple mayoría.
El Consejo de Delegados se reunirá en forma obligatoria una vez al mes, pudiendo hacerlo en forma extraordinaria por convocatoria del Centro de alumnos, por petición del 50% mas uno de los delegados o el voto mayoritario del consejo de curso.
Los delegados duraran en su cargo un semestre, pudiendo ser revocados de su función por decisión de la mayoría simple del consejo de curso que representa. El delegado debe ser ratificado una vez terminado el semestre, por otro periodo similar mediante votación expresa del curso. La Directiva del Centro de Alumnos debe pedir la nomina de los delegados al final del semestre.
Articulo VIII.- De las funciones del Consejo de Delegados:
a) Aprobar el Proyecto de reglamento Interno elaborado por la Dirección y someterlo a aprobación de las bases a través de un plebiscito o Congreso estudiantil.
b) Aprobar el plan anual de trabajo y presupuesto elaborado por la directiva, entendiéndose que los puntos programáticos expresamente planteados en la campaña electoral están aprobados por el alumnado al elegir la Directiva que los sustentaba.
c) Informar y estudiar las iniciativas, proposiciones y acciones de los diversos cursos y grupos de alumnos, con el fin de impulsar las que estime conveniente.
d) Determinar las formas de Financiamiento del Centro de Alumnos, sin perjuicio de las iniciativas que la directiva impulse en ese sentido.
e) Servir de organismo informativo y coordinador de las actividades de la directiva y los consejos de curso.
f) Decidir la afiliación del Centro de Alumnos a aquellas organizaciones estudiantiles de que se desee formar parte, o en caso contrario la desafiliación de aquellos en que se está participando. Tal decisión debe ser ratificada por votación directa y decisión mayoritaria de los cursos.
g) Construir los organismos y comisiones permanentes o circunstanciales que se consideren indispensables para cumplir los objetivos del centro de alumnos.
h) Determinar las medidas disciplinarias que corresponda aplicar a los miembros del centro de alumnos.
i) Decidir la remoción de un Dirigente del Centro de Alumnos, antes de terminado el periodo por falta a sus deberes o por problemas disciplinarios o de rendimiento. Decisión que debe ser avalada por un voto afirmativo del 75% de la Asamblea (Consejo de Delegados).
Articulo IX.- Del consejo de Curso
El Consejo de Curso como organismo estudiantil, constituye el organismo de base del Centro de Alumnos, los integran todos los alumnos del curso, y su organización es Democrática. Su Directiva y representantes ante el Consejo de Delegados de Curso, participan activamente de los planes de trabajo preparados por los diferentes organismos del Centro de Alumnos. El Consejo de Curso debe sesionar una vez por semana.
Articulo X.- De la Junta electoral y proceso eleccionario:
La junta electoral está compuesta a los menos de tres miembros, elegidos entre la asamblea del Consejo de Delegados de curso o de los organismos o comisiones creados por éste. Le corresponde organizar, supervigilar y calificar todos los procesos eleccionarios que se lleven a cabo en los organismos del Centro. La elección del Centro de Alumnos se realizara en el mes de Noviembre.
Las campañas tendrán una duración de dos semanas, de acuerdo a las disposiciones que establezca la Junta Electoral, en concordancia de las disposiciones de este reglamento. Luego se realizará la elección, la Junta electoral tendrá tres días hábiles para proclamar oficialmente a la Directiva y para que ésta, saliente haga entrega del mando. Vencido ese plazo y de no existir una justificación valida y aceptada por la Directiva Ganadora, se asumirá automáticamente el mando.
Articulo XI.- De los Asesores del Centro de Alumnos:
El Centro de Alumno, tendrá dos asesores pertenecientes al Cuerpo Docente, constituidos por profesores que orientarán y guiarán en torno a los propósitos del Liceo e inquietudes de la Directiva el programa de trabajo y sus respectivas actividades. Los Asesores del Consejo de Curso, serán sus respectivos profesores jefes.
Los 2 asesores serán designados anualmente por la Dirección del Liceo de una nomina de cinco Docentes que presentara el consejo de Delegados de Curso (transcurrido como máximo 60 días luego de iniciado el año escolar). Los asesores tendrán un año de ejercicio profesional. Guiarán la Asamblea General, la Directiva, el Consejo de Delegados de Curso y la Junta Electoral.
Los Asesores no podrán renunciar a su cargo una vez aceptado, a excepción de traslado de Unidad Educativa, y/o enfermedad; acorde a lo anterior asumirá en su cargo el Docente siguiente en la nomina de los cinco. De no encontrar asesor de ésta nómina. El Cargo será designado por elección del Consejo de Delegados.
Titulo III:
Disposiciones Transitorias
El proyecto de Reglamento Interno del Liceo, será propuesto por la Dirección del Centro de Alumnos. Quien lo presentará al Consejo de Curso para su análisis, modificación, aprobación y/o rechazo. La Aceptación del reglamento será con un 75% del Consejo de Delegados. Si el Consejo de delegados considerase pertinente un plebiscito para lograr la ratificación de la Asamblea General, deberá tener la aceptación de Coordinación Académica, Directiva y asesores. El proyecto de Reglamento Interno será conocido por parte de la Directiva del Liceo, Inspectoría y Orientación una vez aprobada por el Consejo de Delegados.
Artículos Transitorios
1. El Ejercicio del Derecho a Sufragio es condición indispensable para la posibilidad de postular como delegado de curso o integrante de la directiva del Centro de Alumnos.
2. Un miembro de la Directiva del Centro de Alumnos, que repruebe el año durante el ejercicio de su mandato no podrá continuar en su cargo.
3. En caso de antes de concluir su periodo, la Directiva del Centro de Alumnos, tenga la mayoría de sus cargos vacantes, será el Consejo de Delegados junto a los integrantes aun en su cargo, quienes conformarán una directiva provisoria de entre sus miembros.
Tal Directiva asumirá las responsabilidades pendientes hasta el momento de la elección.
4. Si una vez Transcurrido 45 días desde el momento de la toma del mando de la directiva electa, ésta no funciona, ni cumple con algún punto de su programa, el consejo de Delegados se reunirá y procederá a estructurar la Directiva de modo proporcional en base a los votos logrados por cada lista y candidato que se presente a la elección.
5. El reglamento para las elecciones del Centro de Alumnos debe considerar que las listas a presentarse deben ser de cargo abierto.
MUCHAS GRACIAS AL TIPEADOR Y/ DIGILITADOR DEL ESTATUTO CES
viernes, 6 de marzo de 2009
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2 comentarios:
Holas..
Ojalá vaya bien y nos veamos pronto.. Y resulten sus proyectos..
Un gran abrazo.
JoTa
Creo que es decente el Estatuto.. JoTa..
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